Cuando el empleado bancario impulsa el lavado de activos

Cuando el empleado bancario impulsa el lavado de activos

Las organizaciones delictivas necesitan a las entidades financieras para lavar el dinero mal habido y por ello requieren engañar a los empleados bancarios para que los acepten como clientes; es decir, el «enemigo» viene de afuera. Sin embargo, esas mismas entidades, pueden tener dentro de las instituciones financieras a empleados que, de manera voluntaria, tienen interés en colaborar con la colocación y estratificación (etapas del lavado de activos) de dichos fondos, ofreciendo sus servicios, a cambio de regalos. Vale recalcar que el «enemigo» está adentro. El vínculo invisible entre el criminal y el empleado puede llevar a que el fraude y el lavado de activos se mezclen, tal como viene ocurriendo en los últimos años.1

Códigos de conducta y legislaciones

Los empleados encargados de otorgar créditos y ofrecer servicios bancarios, lo cual constituye el centro o la base del negocio, son susceptibles de ser captados por las organizaciones criminales, haciéndolos partícipes de la repartición de las ganancias ilícitas, como retribución. De allí que se implementen de manera preventiva—los denominados código de conducta2 y los canales de denuncias, como medidas disuasivas—para que todos los empleados tengan un soporte legal y operativo para denunciar a quienes consideran están vulnerando la integridad que debe primar en todo negocio. Pero no bastan medidas disuasivas, sino también, medidas detectoras, mediante el establecimiento de procesos de filtrado que detecten señales de alerta, en los que se vean involucrados los empleados.

Las legislaciones de diversos países incluyen como parte del conocimiento del empleado, la presentación periódica de una declaración patrimonial, como lo es el Artículo 35°3 de El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones de Perú, que nos permita conocer su poder adquisitivo y nivel de capitalización patrimonial. Esta información es archivada en los documentos personales que se custodian en los departamentos de recursos humanos. Pero ¿Cuánto de esta información es trabajada por la unidad de cumplimiento, para detectar señales de alerta? Se considera que el conocimiento que se adquiere al inicio de la relación laboral es suficiente, y no amerita hacer algún tipo de seguimiento y análisis sobre las cifras que se van incrementando, período tras período.

Asimismo, la relación entre los empleados que gestionan créditos y servicios bancarios y sus cartera de clientes (clientes asignados), se ve cuestionada ante la aparición de movimientos de fondos entre ellos. No existe ningún motivo por el cual, el empleado bancario, tendría que recibir dinero proveniente de sus propios clientes; aún más cuando existe un código de conducta implantado en la institución financiera que establece la prohibición de recibir regalos cuando puede originar un conflicto de interés, como puede ser la falta de objetividad en la evaluación de crédito.4

Factores de riesgo

Dificultad aparte, lo constituye la matriz de riesgos e el Artículo 25°5 de El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones de Perú, que consolida a todos los factores de riesgo relacionados con el lavado de activos (cliente, producto y servicio, zona geográfica), a los cuales se les asigna una ponderación (puntaje) para calcular el nivel de riesgo del cliente. Cuando se trata de aplicar esta técnica para calcular el nivel de riesgo del empleado, es común que se le incluya como un segmento comercial (segmento «empleados») dentro de dicha matriz, lo que es un error grave. Esto debido a que, un empleado tiene características distintas a cualquier segmento comercial, considerando el Artículo 226 para la calificación de riesgos de lavado de activos/financiamiento al terrorismo para clientes. Características como son la zona geográfica donde realiza su trabajo (las oficinas son agrupadas por territorios por un motivo de desplazamiento), el nivel jerárquico de su puesto (si la decisión final del otorgamiento del crédito, la define él o un superior).

Soluciones

Para abordar de manera completa estos problemas, es necesario crear un programa de cumplimiento que sea de aplicación específica a los empleados de la entidad financiera; es decir, un sistema de valoración del riesgo en base a sus propios factores de riesgo (matriz de riesgos), un sistema de filtrado para detectar operaciones sospechosas y un manual de prevención del lavado de activos, que describa las acciones a realizar, de parte de la unidad de cumplimiento, en forma organizada y con responsabilidades propias o delegadas hacia otras áreas (recursos humanos, operaciones, entre otros).

En el caso de la matriz de riesgos, como señalamos, el factor «zona geográfica» donde el empleado bancario realiza su trabajo es importante, porque las oficinas comerciales al estar agrupadas siguiendo el criterio de distribución geográfica, permiten identificar aquellas regiones, cuyo nivel de riesgo ya ha sido predeterminado por el organismo regulador, en base a sus datos históricos consolidados, como parte de su supervisión. Por ejemplo, si una oficina comercial se ubica cerca de alguna frontera del país, donde se ejerce el contrabando de manera masiva, el nivel de riesgo que ostentan estos empleados es alto, por la cantidad de oportunidades que se les puede presentar, para involucrarse como cómplices, al aceptar evaluar, a falsos negocios creados por dichos delincuentes. Igualmente sucede con el factor «nivel jerárquico de su puesto», ya que dependiendo del tamaño de la entidad financiera, la delegación para otorgar créditos puede recaer en los puestos de trabajo más básicos de la empresa. Es decir, no importa si lo otorgó un empleado del área de riesgos, el gerente de la oficina comercial, o un simple gestor—los tres tienen el mismo nivel de riesgo.

En el caso de la implementación de un sistema de filtrado, es necesario tomar en cuenta, variables propias de los empleados. Primero: la cartera de clientes asignados para identificar a aquellos que efectúan abonos en las cuentas bancarias de sus propios gestores comerciales. Segundo: la relación de familiares directos (cónyuge, hijos) de dichos gestores, para detectar si ocurren situaciones similares. En ambos casos, no interesa fijar montos mínimos, porque como se mencionó anteriormente, la retribución al empleado se puede dar con dinero o con algún bien tangible (autos, inmuebles, terrenos, joyas), y por ende, lo que interesa es capturar el acto indebido y no la magnitud. Tercero: el grupo de empleados con los que pertenece a la misma región. Esto se establece con el objeto de evitar competencia entre ellos mismos, al querer captar clientes. Si se detectara que un gestor comercial capta a una empresa como cliente, pero los accionistas o directores son captados a título personal por un gestor de banca personal de otra región, llamaría la atención.

Finalmente, el manual de prevención de lavado de activos debe contener una sección que describa el monitoreo de la información obtenida con las declaraciones patrimoniales que periódicamente presentan los empleados en general (no solamente los gestores comerciales que evalúan créditos), para determinar incrementos patrimoniales desmesurados. La información contenida en estos documentos, permiten crear, mediante fórmulas algorítmicas, alertas de los incrementos bruscos en el patrimonio (inmuebles, vehículos, inversión en acciones, depósitos y joyas). En este caso, se puede delegar al departamento de recursos humanos dicho monitoreo, siguiendo las pautas establecidas por la unidad de cumplimiento.

Conclusión

Como se aprecia, implementando un programa de cumplimiento, acorde al tamaño de la entidad financiera y a la complejidad de su organización que reúna una matriz de riesgos compuesta por factores de riesgos propios del conocimiento del empleado, un sistema de filtrado con las variables propias del desempeño de los empleados y un manual de prevención de lavado de activos; con instrucciones precisas que permitirán a toda entidad financiera evitar que su organización sea utilizada indebidamente, por su propia gente.

Juan Botetano Villafuerte, CAMS, contador público y auditor tributario, especialista en ALD y Cumplimiento, Lima, Perú, guachpac@hotmail.com,

  1. Jomayvit Gálaga Puerta, «El gran fraude que denuncia el BBVA», Peru21, 15 de abril de 2024, https://peru21.pe/investigacion/el-gran-fraude-leasing-noticia/; Sergio Espinosa, «Organización criminal operó por diez años en el Banco de la Nación y se habría apropiado de más de S/ 15 millones», RPP, 14 de Diciembre de 2023, https://rpp.pe/politica/actualidad/organizacion-criminal-opero-por-diez-anos-en-el-banco-de-la-nacion-y-se-habria-apropiado-de-mas-de-s-15-millones-noticia-1522329
  2. «¿Qué es canal ético?», Interbank, https://interbank.pe/canal-etico?tabs=canal-etico-tab; «M-010-2020 Manual del Código de Ética y conducta», Banco Pichincha, https://pichincha-pe-portal.s3.amazonaws.com/s3fs-public/documents/M-010-2020-manual-del-codigo-de-etica-y-de-conducta-31-05-23.pdf
  3. «Resolución S.B.S. N° 2660-2015», El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, 14 de mayo de 2015, https://intranet2.sbs.gob.pe/dv_int_cn/1540/v2.0/Adjuntos/2660-2015.r.pdf
  4. «Código de Conducta del BBVA Perú y empresas del Grupo BBVA en Perú», BBVA, 28 de abril de 2022, https://www.bbva.pe/content/dam/public-web/peru/documents/prefooter/codigo-de-conducta/codigo-conducta-grupo-bbva.pdf
  5. «Resolución S.B.S. N° 2660-2015», El Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, 14 de mayo de 2015, https://intranet2.sbs.gob.pe/dv_int_cn/1540/v2.0/Adjuntos/2660-2015.r.pdf
  6. Ibídem

Leave a Reply